Cámara Federal de Casación Penal, Sala 4, “Santana Gehre, Jonathan”, del 13/02/2017.

Corresponde revocar el decisorio del Tribunal Oral, puesto que no obstante la existencia de manifestaciones durante la tramitación de la Orden de Intervención (ocurrida luego de la denuncia penal), en el marco de la causa penal se recabó información por parte de terceros (entre los que cabe destacar a la Asociación del Fútbol Argentino), obteniéndose de este modo la información por una vía distinta a la recabada mediante el procedimiento fiscalizador, de modo tal que en la tramitación del procedimiento existió un cauce independiente de investigación que legitimó procesalmente todo lo actuado.

Así, más allá de las manifestaciones del rubrado y de sus actos derivados – los contratos que suscribió con posterioridad a la fiscalización–, la prueba producida en sede judicial y exhibida en la declaración indagatoria, posee entidad propia y autonomía como para permitir una imputación penal con suficiencia.

Jonathan Santana – Casación