El dinero debe ser considerado mercadería en los términos del Código Aduanero. (Voto de los Dres. Eduardo Rafael Riggi, Ana María Figueroa y Liliana Elena Catucci)
Agrega la Doctora Figueroa sobre la cuestión referida a si el dinero constituye “mercadería” y como tal, se encuentra sometida al control aduanero y a las previsiones del Código Aduanero.
Constituye criterio de esta Cámara el considerar a la moneda de curso legal, nacional o no, como “mercadería” (cfr. Sala I: causa nº 14.725 “Jiménez, Jancy s/recurso de casación”, rta. el 19/11/12, REGISTROnº 20.393; Sala III: causa nº 12.071 “Juárez Lima, Denisse Nayely s/recurso de casación”, rta. el 11/08/10, REGISTROnº 1160/10; Sala IV: causa nº 15.161 “Quintana, Teodoro Carlos, Murta de Quintana, Norma Lidia s/recurso de casación”, rta. 25/04/13, REGISTROnº 546.4, entre otras).