El delito en cuestión no requiere de ardid o engaño para su configuración, sino que el fundamento del reproche es el abuso de confianza, puesto que el agente de retención o percepción se apropia de lo que no le pertenece, abusando de la confianza por quienes sufrieron dicha retención o percepción; así, mientras que el acto de retener o percibir es lícito, la apropiación, es decir, la falta de depósito, es de carácter ilegítimo.