Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 4, Secretaría N° 7, “Jettro SA”, del 05/04/2017.

Corresponde sobreseer al imputado por la omisión del depósito en término del tributo retenido, ya que de las constancias en autos surge un evidente error en la administración, procediéndose al inmediato cumplimiento una vez advertido el mismo.

 

En ese contexto, cabe tener en cuenta que no se le han imputado al contribuyente incumplimientos reiterados, sino que se trata solamente de un período, y que además la demora incurrida fue tan solo de seis días hábiles administrativos.

Jettro S.A.