El régimen aduanero de importación por cuenta y orden de terceros -implementado por la Resolución A.N.A. 370/86 y reemplazado por la Resolución A.N.A. 1696/96- fue derogado mediante la Resolución A.N.A. N° 4031/96, por considerarse que a partir del dictado del Decreto 2284/91 y de la Resolución N° 145/93, se han simplificado los requisitos necesarios para obtener la inscripción como importador/exportador…’ y que la experiencia recogida durante la aplicación del régimen en comentario [importación por cuenta y orden de terceros] ha quedado demostrado su utilización en forma indebida por parte de los usuarios
El arto 863 del Código Aduanero no se tutelan, únicamente, las funciones de control del organismo aduanero sobre las mercaderías importadas o exportadas, sino también sobre las personas que efectúan operaciones de importación o exportación.